“Por el cual se fijan directrices para la integración de los planes institucionales y estratégicos al Plan de Acción por parte de las entidades del Estado”.
Integración de los planes institucionales y estratégicos al Plan de Acción. Las entidades del Estado, de acuerdo con el ámbito de aplicación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, al Plan de Acción de que trata el artículo 74 de la Ley 1474 de 2011, deberán integrar los planes institucionales y estratégicos que se relacionan a continuación y publicarlo, en su respectiva página web, a más tardar el 31 de enero de cada año.
Se aprueban los planes del año 2024 en la sesión del Comité Institucional de Gestión y Desempeño el 30 de enero del 2024 Acta No. 02
Plan:
| Título | Fecha del documento | Fecha de publicación | Acción | ||
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| Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones PETI - V.4 | Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones PETI - V.4 | Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones PETI - V.4 |

